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El Tribunal Supremo condena al BBVA a devolver 22.148 euros por cobrar comisiones sin justificación durante años

9 oct
1 min de lectura

Actualizado: hace 5 días

El Tribunal Supremo ha emitido una contundente resolución en la que obliga al BBVA a restituir 22.148,14 euros, más los intereses legales, a una sociedad mercantil que reclamó el cobro indebido de comisiones por la devolución de efectos. El conflicto se originó cuando la empresa demandó a la entidad bancaria al constatar que se le venían aplicando cargos económicos sin que existiera un servicio real, diferenciado y acreditado que los justificara, a pesar de figurar en el clausulado del contrato.


Para intentar eludir la devolución del dinero, el banco argumentó la buena fe, la doctrina de los actos propios, el retraso desleal y el abuso de derecho, amparándose en que la cliente había estado abonando dichos importes durante más de una década sin manifestar protesta alguna. Sin embargo, el Alto Tribunal ha rechazado de plano estos argumentos, sentenciando que el mero transcurso del tiempo o el silencio prolongado del cliente no legitiman a una entidad financiera para conservar cantidades percibidas de manera injustificada.



Vallejo Arenaz Abogados
Vallejo Arenaz Abogados

Con este fallo, la Sala de lo Civil recuerda que la mera previsión de una comisión en el contrato no exime a los bancos de demostrar que efectivamente se ha prestado un servicio para poder cobrarla. El Tribunal subraya que una gran entidad no puede escudarse en la pasividad del afectado para retener cobros carentes de causa, estableciendo un importante precedente que protege a los usuarios frente a prácticas abusivas en el sector bancario.

 
 
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