El Tribunal Supremo refuerza la devolución íntegra y los intereses desde el primer día por cláusulas abusivas

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia clave que blinda los derechos de los consumidores frente a la banca, apoyándose de manera directa en el artículo 1303 del Código Civil. Dicho precepto legal establece que, cuando se declara la nulidad de una cláusula contractual, las partes deben devolverse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con sus intereses. Con este soporte, el Alto Tribunal dictamina que el banco está obligado a devolver hasta el último céntimo cobrado indebidamente.
Asimismo, la resolución fija que los intereses legales acumulados deben calcularse desde la fecha de cada pago realizado por el cliente y no meramente desde el momento en que se interpuso la demanda judicial. El Supremo subraya que, de lo contrario, la cláusula abusiva seguiría beneficiando a la entidad financiera al haberse lucrado indebidamente con el dinero del consumidor a lo largo de los años.
Esta decisión judicial aporta absoluta seguridad jurídica a los afectados, garantizando que el proceso de restitución sea plenamente efectivo y compensando la pérdida de valor del dinero. De este modo, la justicia facilita que miles de familias puedan recuperar de forma íntegra todo lo abonado de más a causa de la letra pequeña opaca.
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