El TJUE y la cláusula de vencimiento anticipado en préstamos personales
- Vallejo Arenaz Abogados
- 21 sept
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En 2022, dos consumidores contrataron préstamos personales con Abanca: uno por 10.600 euros a devolver en cinco años y otro por 6.000 euros en ocho años. Ambos contratos incluían una cláusula que permitía al banco declarar vencido el préstamo completo en caso de impago, siempre que se cumplieran tres condiciones: que el banco requiriera el pago, que el cliente no atendiera en un mes y que el impago alcanzara al menos el 3% del capital o el 7% en la segunda mitad. Tras aplicar esta cláusula, Abanca presentó demandas judiciales en el Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de A Coruña, pero el juzgado suspendió el procedimiento y elevó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por dudas sobre su compatibilidad con la protección europea de consumidores.
El TJUE resolvió que la cláusula es válida si ofrece al consumidor una vía real y efectiva para regularizar el impago o mitigar sus consecuencias, sin necesidad de que esté recogida en una norma nacional específica. Esto es clave porque, en España, solo los préstamos hipotecarios se rigen por el artículo 24 de la Ley 5/2019 y el 693.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, mientras que los personales dependen directamente de la Directiva 93/13/CEE. Además, el plazo de un mes para pagar la deuda se considera suficiente si es razonable y coherente con la legislación hipotecaria española, permitiendo al consumidor el tiempo necesario para cumplir.
Para las entidades bancarias como Abanca, la sentencia implica que no pueden incorporar cláusulas de vencimiento anticipado de forma automática; deben establecer criterios objetivos y proporcionales, documentar requerimientos previos y conceder plazos razonables. Las cláusulas similares podrán usarse en contratos futuros si cumplen con proporcionalidad objetiva, claridad, transparencia y mecanismos claros para evitar el vencimiento.

Esta resolución amplía el margen de actuación para los consumidores y proporciona a los jueces nacionales herramientas para evaluar el equilibrio en los contratos, consolidando un modelo más justo y garantista en el sistema financiero, equilibrando los intereses entre bancos y prestatarios.



