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El Tribunal Supremo consolida el criterio de los 6 puntos para declarar usura en los préstamos al consumo tradicionales

30 sept
2 min de lectura

El frente judicial contra los abusos en la financiación al consumo suma un hito definitivo. La reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ratificado que la regla de los seis puntos porcentuales —originalmente fijada para determinar la usura en las tarjetas revolving— resulta plenamente aplicable a los préstamos personales tradicionales o "no revolving". De este modo, cuando la Tasa Anual Equivalente (TAE) de un crédito al consumo supere en más de 6 puntos el tipo medio publicado por el Banco de España para su categoría en la fecha de contratación, el contrato se considerará usurario, con la consiguiente nulidad de los intereses.

Vallejo Arenaz Abogados - Reclamaciones Bancarias
Vallejo Arenaz Abogados - Reclamaciones Bancarias

Esta traslación doctrinaria impone un control estricto a las entidades bancarias y de crédito rápido. Salvo que la entidad logre acreditar circunstancias de riesgo extraordinario que justifiquen una desproporción tan elevada —exigencia que los tribunales vienen aplicando con máximo rigor—, cualquier préstamo que sobrepase dicho margen incurrirá en nulidad. La consecuencia jurídica para el consumidor es de gran alcance: la obligación de devolver únicamente el capital efectivamente dispuesto, obligando al banco o prestamista a restituir la totalidad de las comisiones e intereses cobrados de más durante la vida del contrato.

La consolidación de esta doctrina amplía notablemente el abanico de reclamaciones viables más allá de las conocidas tarjetas de crédito rotativas. Desde la firma Vallejo Arenaz Abogados, con una dilatada trayectoria en la defensa del consumidor frente a abusos bancarios, destacan que esta vía abre una puerta fundamental para revisar créditos personales habituales, tales como la financiación para reformas del hogar, adquisición de vehículos o pequeños préstamos de liquidez. En su práctica diaria, el equipo del despacho constata cómo multitud de familias continúan abonando cuotas infladas por TAEs desproporcionadas en financiaciones concedidas para la compra de un coche o mejoras en la vivienda, sin saber que tienen derecho a la devolución íntegra de esos intereses.

Ante esta favorable perspectiva jurisprudencial, Vallejo Arenaz Abogados aconseja a los afectados poner sus contratos de crédito en manos de profesionales especializados en derecho bancario. A través de un análisis pormenorizado del cuadro de amortización y las tablas estadísticas del Banco de España correspondientes al año de firma, los abogados pueden determinar de forma precisa si se sobrepasó el umbral usurario, garantizando la máxima restitución económica y la liberación de cargas financieras desmedidas para el usuario

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