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El TS declara abusivos los seguros de prima única, pero limita su devolución

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia clave que declara abusiva la práctica bancaria de imponer seguros de vida de prima única financiados junto con los préstamos hipotecarios, siempre que el consumidor no haya tenido la oportunidad real de negociar sus condiciones. El Alto Tribunal argumenta que estas cláusulas, por lo general predispuestas por las entidades financieras y vinculadas a aseguradoras del propio grupo, carecen de la transparencia necesaria y suponen una imposición económica desproporcionada para el hipotecado.  


A pesar de anular la cláusula por su carácter abusivo, la resolución judicial establece una limitación importante respecto a los efectos económicos de la restitución. El tribunal determina que no procede la devolución íntegra de la prima abonada, ya que el prestatario disfrutó efectivamente de la cobertura de riesgo durante el tiempo en que la póliza estuvo vigente y la entidad asumió la contingencia de posibles siniestros.


Por consiguiente, la condena a la entidad bancaria se restringe exclusivamente a la devolución de la parte proporcional de la prima correspondiente al periodo en el que el seguro ya no estuvo operativo, junto con los intereses asociados a dicha porción no consumida. Con este criterio unificador, el Supremo zanja la disparidad de interpretaciones en los tribunales inferiores, equilibrando la protección de los derechos del consumidor con el principio de evitar un enriquecimiento injusto.  

Vallejo Arenaz Abogados

 
 
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