Reclama los intereses abusivos de la financiación del coche
- Vallejo Arenaz Abogados
- 10 abr
- 3 Min. de lectura
En Vallejo Arenaz Abogados recibimos cada vez más consultas de clientes que han financiado la compra de un vehículo (nuevo o de ocasión) y descubren, tiempo después, que la TAE de su contrato es notablemente más alta que la media de las financiaciones similares en el mercado. Esta situación puede constituir usura según la Ley de 1908, permitiendo reclamar la nulidad de los intereses y recuperar miles de euros pagados de más.
Si estás pagando un préstamo para tu coche con una TAE excesiva, este artículo te explica cuándo y cómo puedes reclamar con éxito.
¿Qué es la usura en un contrato de financiación de coche?
La usura se produce cuando el interés (medido por la TAE) es notablemente superior al interés normal del dinero en el momento de la firma y resulta manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. No hace falta que el prestatario estuviera en situación de necesidad: basta con que el tipo aplicado supere claramente la media del mercado para operaciones similares.
La TAE (Tasa Anual Equivalente) es el indicador oficial que refleja el coste real del crédito, incluyendo intereses, comisiones y cualquier gasto asociado. Es el dato clave para detectar usura, ya que el TIN (Tipo de Interés Nominal) suele ocultar el verdadero coste.
Marco legal: la Ley de Usura de 1908 y la jurisprudencia actual
La norma que regula esta figura es la Ley de 23 de julio de 1908 de Represión de la Usura (conocida como Ley Azcárate). Su artículo 1 declara nulos los contratos de préstamo en los que:
El interés sea notablemente superior al normal del dinero.
Sea manifiestamente desproporcionado con las circunstancias.
Se haya aprovechado la inexperiencia o situación del prestatario.
El Tribunal Supremo ha extendido esta doctrina a los préstamos al consumo, incluyendo las financiaciones de vehículos (STS de 25 de noviembre de 2015 y posteriores). Los juzgados de primera instancia y audiencias provinciales aplican actualmente este criterio de forma sistemática a contratos firmados con financieras de concesionarios, entidades como Caixabank Payments & Consumer, Santander Consumer Finance, RCI Banque, etc.
Criterio práctico utilizado por los tribunales: Si la TAE de tu contrato supera en más de 6 puntos porcentuales (o se aproxima al doble) la media publicada por el Banco de España para créditos al consumo en el mes de la firma, existe un alto riesgo de que se declare usurario. Ejemplos reales recientes:
TAE contractual del 14,23 % cuando la media de mercado era del 9,06 % → Nulidad declarada (Juzgado de Denia, 2024).
TAE del 13,54 % frente a media aproximada del 6-7 % → Nulidad (Juzgado de Gandía, 2026).
TAE del 16,2 % con comisiones y seguros elevados → Nulidad y devolución de más de 14.000 € (Córdoba, 2025).
¿Cómo saber si tu TAE es excesiva?
Localiza en tu contrato la TAE exacta (no solo el TIN).
Consulta las estadísticas oficiales del Banco de España para el mes y año en que firmaste (disponibles en el Boletín Estadístico, cuadro 19.4 o 19.6). La media de los créditos al consumo suele rondar el 7 % TAE en los últimos años (datos de 2025-2026), aunque varía ligeramente según el plazo y el importe.
Si tu TAE está claramente por encima (por ejemplo, 12-20 % cuando la media era 7 %), hay bases sólidas para reclamar.
Muchos contratos de concesionario o portales de segunda mano aplican TAEs entre el 12 % y el 20 %, mientras que la banca tradicional ofrece entre el 5 % y el 7-8 %. Esa diferencia puede suponer un sobrecoste de miles de euros a lo largo del préstamo.
¿Qué puedes recuperar si se declara la usura?
Si el juez declara nulo el contrato por usura:
El préstamo se reduce al capital prestado (lo que realmente te dieron para comprar el coche).
Se eliminan todos los intereses remuneratorios, comisiones, seguros vinculados y gastos pagados de más.
La financiera debe devolverte lo cobrado en exceso (puede superar los 7.000-15.000 € según importe y duración).
Solo tendrás que devolver el principal pendiente, sin intereses.
En muchos casos, el cliente acaba pagando mucho menos de lo pactado o incluso recupera dinero ya abonado.
No dejes pasar el tiempo
La prescripción para reclamar usura es de 5 años desde la última cuota o desde que tuviste conocimiento del carácter usurario. Cuanto antes actúes, mayores serán tus posibilidades y el importe recuperable.
Si has financiado un coche y sospechas que tu TAE es excesiva, no esperes más. Contacta con nosotros en www.vallejoarenaz.com o a través del formulario de contacto. Estudiamos tu caso sin compromiso y te explicamos claramente si puedes reclamar con éxito.
Vallejo Arenaz Abogados – Especialistas en reclamaciones bancarias y defensa del consumidor.




