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¿Quién puede reclamar el complemento de la brecha de género en su pensión contributiva?

Actualizado: 28 dic 2025

El complemento para la reducción de la brecha de género es un importe fijo que se suma a las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad para compensar el perjuicio laboral por el cuidado de hijos. Desde 2021, y tras la sentencia del TJUE de mayo de 2025, se reconoce en igualdad a hombres y mujeres.


Requisitos principales

  • Tener uno o más hijos (biológicos o adoptados).

  • Pensión contributiva causada a partir del 4 de febrero de 2021 (no aplica a jubilaciones parciales).

  • Solo uno de los progenitores lo percibe por los mismos hijos: se concede al que tenga la pensión de menor cuantía.


Cuantía en 2025

  • 35,90 € mensuales por hijo, con máximo de 4 hijos (hasta 143,60 €/mes).

  • Se paga en 14 pagas y no computa para el límite máximo ni complemento a mínimos.

Ejemplos:

  • 1 hijo: 35,90 €/mes

  • 2 hijos: 71,80 €/mes

  • 4 hijos: 143,60 €/mes

En 2026, se revalorizará solo con el IPC (aprox. 2,7%).


Cómo solicitarlo

  • Preferiblemente al pedir la pensión, marcando la casilla en el formulario del INSS.

  • Si ya cobras pensión: solicitud online (con Cl@ve o certificado) o con cita previa en oficinas.

  • Documentos: libro de familia o certificados de nacimiento/adopción.


Retroactividad

Sí, con efectos desde la fecha de la pensión. Se pagan atrasos en un único abono.


 
 
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